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Guía · Vigilancia

Vigilancia de marca: por qué y cómo hacerla

Vigilar tu marca es revisar cada Gaceta de Propiedad Industrial para detectar solicitudes parecidas a la tuya. La SIC no le avisa al titular: si alguien pide una marca parecida, tienes 30 días hábiles desde la publicación para oponerte (Decisión 486, art. 146).

Si el plazo pasa, puedes perder la oportunidad más barata de frenarla. Después quedan caminos más largos, como pedir la nulidad del registro (art. 172).

Actualizado el Por Equipo Brando · PELLETIER & COMPANY S.A.S.6 min de lectura

Por qué vigilar

  • El plazo es corto. 30 días hábiles desde la publicación, una sola vez (art. 146).
  • Nadie te avisa. La SIC publica y los interesados deben estar atentos.
  • La SIC no ve todo. Hace su examen de fondo (art. 150), pero no conoce tu uso en el mercado ni tus argumentos.
  • Dejar pasar debilita. Cada marca parecida que convive con la tuya en el registro diluye su fuerza.

Cómo hacerla

  1. Define qué vigilas: tus marcas, sus variantes, sus clases y las relacionadas.
  2. Revisa cada gaceta en SIPI. Salen varias al mes; mira cómo leerla.
  3. Compara escritura, sonido, idea y diseño, y si los productos se relacionan.
  4. Anota el plazo de cada caso: el día hábil 30 desde la publicación.
  5. Decide y actúa antes del plazo. Lee cómo oponerte.

A mano o con un servicio

Formas de vigilar una marca. Comparación general.
OpciónVentajaLímite
A mano en SIPIGratis.Toma tiempo en cada gaceta, y es fácil saltarse una.
Abogado o agenciaCriterio profesional sobre cada caso.Costo mayor; varía según la firma.
Servicio automatizadoRevisa cada gaceta y compara por escritura y sonido.Es informativo: puede dar falsas alarmas o no ver un parecido conceptual o un logo.

Brando es un servicio automatizado. Revisamos cada gaceta nueva y el aviso llega en los días siguientes a la publicación. No detectamos todo y no somos asesoría jurídica.

Si encuentras algo

  • Verifica el expediente en SIPI: productos, estado y fecha de publicación.
  • Evalúa si hay riesgo real: parecido en conjunto y productos conectados.
  • Decide rápido. Una oposición bien fundada toma días de trabajo.
  • Si ya pasó el plazo: la SIC igual hace su examen. Si concede, queda la acción de nulidad relativa, que prescribe a los 5 años de la concesión (art. 172).

Preguntas frecuentes

¿La SIC me avisa si alguien pide una marca parecida a la mía?

No. La SIC publica la solicitud en la Gaceta de Propiedad Industrial y los interesados deben revisarla.

¿Cada cuánto debo revisar la gaceta?

Cada vez que sale una. Salen varias al mes y el plazo para oponerte es de 30 días hábiles desde cada publicación.

¿Qué pasa si no me opongo a tiempo?

La oposición ya no se admite (Decisión 486, art. 149). Si la marca se concede, puedes pedir la nulidad relativa dentro de los 5 años siguientes (art. 172), un trámite más largo.

Fuentes

  1. Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina (texto oficial, CAN)
  2. SIC, Sistema de Información de Propiedad Industrial (SIPI)

Información general sobre la ley colombiana y andina, escrita para que la entiendas sin ser abogado. No es asesoría jurídica ni reemplaza la opinión de un abogado sobre tu caso. Si ves un error, escríbenos a hola@usabrando.com.